Deportation Defense Law

Falté a mi corte de inmigración: orden en ausencia y reapertura

Escrito por Hassan Benmouloud · Última revisión:

¿Qué pasa si falto a mi corte de inmigración y se puede reabrir el caso?

Si no se presenta, el juez puede ordenar su deportación ese mismo día sin escuchar su defensa. Se puede pedir reabrir el caso con una moción: sin plazo si no recibió una notificación adecuada, y dentro de 180 días si hubo circunstancias excepcionales. Actúe de inmediato.

Lo que pasó en la sala

Si usted no se presentó y el gobierno demostró que fue notificado correctamente, el juez pudo dictar una orden de deportación en ausencia (in absentia). Se dicta el mismo día, sin escuchar su versión y sin examinar ninguna defensa que usted hubiera podido presentar.

Esa orden es definitiva a efectos prácticos: ICE puede ejecutarla en cualquier momento, sin nueva audiencia. Por eso el primer paso es confirmar qué hay realmente en su expediente antes de asumir nada.

Paso 1: confirme qué dice su expediente

Llame al 1-800-898-7180 o consulte acis.eoir.justice.gov con su número A. A veces la audiencia fue reprogramada, o el caso sigue abierto porque el juez concedió una prórroga en su ausencia. Antes de gastar dinero en una moción, sepa qué ocurrió. Explicamos ambas vías en la guía sobre la corte de inmigración.

Paso 2: identifique el motivo de reapertura

La ley solo admite dos vías, y la diferencia es enorme.

Falta de notificación — sin plazo

Si usted nunca recibió el aviso de audiencia que exige la ley, puede pedir la reapertura en cualquier momento, sin límite de tiempo. Casos típicos:

Necesitará pruebas: copias de correos, sobres devueltos, comprobantes de domicilio de la época, una declaración jurada suya.

Ojo con lo contrario: si usted se mudó y no avisó a la corte con el EOIR-33 dentro de los 5 días, la ley considera que la notificación fue válida aunque no le haya llegado. Ese es el escenario más difícil de todos.

Circunstancias excepcionales — 180 días

Si sí recibió el aviso pero no pudo ir, tiene 180 días desde la orden para presentar la moción, y debe demostrar circunstancias excepcionales:

No cuentan: el tráfico, un turno de trabajo, un malentendido sobre la hora, o haber confiado en alguien que no era abogado.

Además, debe mostrar que tenía un caso que valía la pena: una defensa razonable como cancelación, asilo o ajuste de estatus.

Paso 3: pida también una suspensión

Presentar la moción no detiene la deportación por sí sola. Hay que solicitar además un stay of removal, ante el juez, la BIA o ICE según el caso. Sin eso, ICE puede detenerle y ejecutar la orden mientras su moción está pendiente.

Riesgos mientras espera

Con una orden en ausencia activa, usted figura en las bases de ICE como persona con orden final. Una parada de tráfico, una cita de inmigración o un chequeo rutinario pueden convertirse en una detención. Además, una orden en ausencia bloquea durante diez años ciertas formas de alivio, incluida la salida voluntaria y la cancelación. Para saber cómo actuar si llegan agentes, lea qué hacer si ICE llega a su casa o a su trabajo.

Qué hacer hoy

  1. Confirme el estado del caso en el sistema de EOIR.
  2. Reúna todo lo que demuestre qué dirección tenía y qué le llegó o no le llegó.
  3. Hable con un abogado esta semana, no el mes que viene. En el escenario de los 180 días, cada día cuenta literalmente.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reabrir mi caso si nunca recibí el aviso de la corte?

Sí. Si demuestra que no recibió la notificación exigida por la ley, puede presentar una moción para reabrir sin límite de tiempo. Es el motivo más fuerte que existe.

¿Cuánto tiempo tengo para reabrir por circunstancias excepcionales?

180 días desde la orden. Cuentan situaciones como una enfermedad grave suya o la muerte de un familiar inmediato, no un simple olvido o un problema de transporte.

¿Presentar una moción detiene mi deportación?

No automáticamente. Hay que pedir por separado una suspensión (stay of removal). Mientras tanto, ICE puede ejecutar la orden.

Fuentes

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