Deportation Defense Law

Qué hacer si ICE llega a su casa o a su trabajo

Escrito por Hassan Benmouloud · Última revisión:

Esta página explica derechos que existen para cualquier persona en Estados Unidos, sin importar su estatus migratorio. No es asesoría legal para su caso.

Si tocan a su puerta

No abra de inmediato. Puede hablar a través de la puerta cerrada. Abrir la puerta se interpreta a veces como permitir la entrada.

Pregunte quiénes son y qué quieren. Puede pedir que se identifiquen y que le digan el motivo.

Pida ver la orden. Esta es la parte decisiva:

Pida que la pasen por debajo de la puerta o que la muestren por la ventana. Lea qué corte figura y quién firmó.

Si no hay orden judicial, puede decir que no. Una frase clara es suficiente: "No doy mi consentimiento para que entren."

Si entran de todas formas

No se resista físicamente y no discuta. Diga en voz alta: "No doy mi consentimiento para este registro." Eso queda para después, cuando su abogado revise la legalidad de lo ocurrido.

No mienta ni presente documentos falsos: eso crea un problema penal nuevo y grave. Guardar silencio es legal; mentir no.

Qué decir y qué no

Puede decir: "Quiero guardar silencio. Quiero hablar con un abogado." Y repetirlo cuantas veces haga falta.

No está obligado a responder sobre:

No firme nada sin que un abogado lo lea. Un documento puede ser una renuncia a su derecho a ver a un juez o una aceptación de salida voluntaria. Si le presionan diciendo que firmar "acelera las cosas", esa es exactamente la razón para no firmar.

Si tiene documentos que acrediten su estatus (residencia, permiso de trabajo), puede mostrarlos. Nunca muestre documentos de otro país si eso revela información que prefiere no dar.

En el trabajo

ICE no puede entrar en zonas privadas de un negocio sin orden judicial o sin permiso del dueño. En zonas abiertas al público sí pueden estar.

Usted conserva el derecho a guardar silencio y a no firmar. No corra: echar a correr puede usarse en su contra y es peligroso.

En la calle o en un auto

Si le paran, pregunte si está detenido o si puede irse. Si dicen que puede irse, hágalo con calma. Si está detenido, guarde silencio y pida un abogado. En un control de tráfico, el conductor debe dar licencia y registro; los pasajeros no tienen que responder sobre su estatus.

Prepare el plan hoy, no el día que ocurra

Esto es lo que realmente cambia el resultado:

Si alguien de su familia es detenido, el siguiente paso es localizarlo en el sistema de ICE y, si es posible, pedir una fianza.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que abrir la puerta? No, salvo orden de registro firmada por un juez con su nombre y dirección.

¿Cómo distingo las dos órdenes? La judicial lleva el nombre de una corte y la firma de un juez; la I-200 y la I-205 las firma un oficial de ICE.

¿Y si firmo sin abogado? Puede renunciar a ver a un juez o aceptar una salida voluntaria, decisiones muy difíciles de deshacer.

Fuentes

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